lunes, 3 de noviembre de 2008

La Gestion del Patrimonio


Conservacion y Restauracion

Cada comunidad, teniendo en cuenta su memoria colectiva y consciente de su pasado,
es responsable de la identificación, así como de la gestión de su patrimonio.
Los elementos individuales de este patrimonio son portadores de muchos valores, los
cuales pueden cambiar en el tiempo. Esta variabilidad de valores específicos en los
elementos define la particularidad de cada patrimonio. A causa de este proceso de
cambio, cada comunidad desarrolla una conciencia y un conocimiento de la necesidad de
cuidar los valores propios de su patrimonio.

Este patrimonio no puede ser definido de un modo unívoco y estable. Sólo se puede
indicar la dirección en la cual puede ser identificado. La pluralidad social implica una gran diversidad en los conceptos de patrimonio concebidos por la comunidad entera; al mismo tiempo los instrumentos y métodos desarrollados para la preservación correcta deben ser adecuados a la situación cambiante actual, que es sujeto de un proceso deevolución continua.

El contexto particular de elección de estos valores requiere la preparación de un proyecto de conservación a través de una serie de decisiones de elección crítica.

Todo esto debería ser materializado en un proyecto de restauración de acuerdo con unos criterios técnicos y organizativos.

La Carta de Cracovia (2000), aclara conceptos y definiciones sobre la Conservacion y Restauracion del Patrimonio Cultural Construido.

Consulte el texto de la carta en:
http://www.mcu.es/museos/docs/CartaDeCracovia.pdf

lunes, 18 de agosto de 2008

Patrimonio en Peligro





Las Amenazas del Patrimonio:


Los desastres naturales, los conflictos armados, la urbanización no planificada, las guerras o el excesivo desarrollo turístico plantean enormes problemas de conservación en los Sitios del Patrimonio Mundial. Cuando un sitio de patrimonio mundial se encuentra amenazado se propone su inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro.

La inscripción de los bienes en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro permite al Comité asignar inmediatamente asistencia de emergencia al bien amenazado con cargo al Fondo de Patrimonio Mundial.

La inscripción de un bien en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro en algunos casos se solicita por parte del Estado Parte ya que esta inscripción le ayuda a centrar la atención internacional sobre sus problemas y obtener con mayor facilidad ayuda para resolverlos. En otros casos, los Estados Parte evitan por todos los medios esta inscripción, ya que se considera un deshonor.

La inscripción de bienes en la Lista en Peligro, no debe entenderse como una sanción sino como un mecanismo, previsto por la Convención, de mayor protección sobre determinados bienes.

Las amenazas al patrimonio que lo pueden colocar en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro son las siguientes:

Amenazas Políticas: conflictos armados, pobreza, subdesarrollo y procesos de industrialización, urbanización no planificada.


La Convención para la Protección de los Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado, adoptada en La Haya (Países Bajos) en 1954 como consecuencia de la destrucción masiva del patrimonio cultural durante la Segunda Guerra Mundial, es el primer Tratado internacional con vocación mundial dedicado a la protección del patrimonio cultural en caso de conflicto armado. La Convención fue adoptada al mismo tiempo que un Protocolo destinado a prevenir la exportación de bienes culturales de un territorio ocupado, y exige el retorno de dichos bienes al territorio del Estado de donde fueron exportados.

La destrucción de bienes culturales con motivo de los conflictos que tuvieron lugar durante los años 80 y principios de los 90 puso de relieve la necesidad de un cierto número de mejoras que habría que llevar a cabo a la hora de llevar a la práctica la Convención de La Haya. En 1991 se inició un proceso de análisis de la Convención, lo que se materializó en un Segundo Protocolo a la Convención de La Haya en 1999.

Weblografía

Consulte el texto de la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado – 1954 y sus protocolos en:

http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=15391&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html

Amenazas Comerciales: El tráfico ilícito de Bienes Culturales, la globalización, El robo de arte.

Desde finales de los años 1960 y comienzos de 1970, los robos se han incrementado permanentemente, tanto en los museos como en los sitios, especialmente en los países del Sur. En el Norte, a los coleccionistas privados y, a menudo, a las instituciones oficiales, se les proponen cada vez más obras de origen ilícito.

En este contexto y para responder a tales situaciones, en 1970 se estableció la Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de los bienes culturales. La Convención de 1970 solicita a sus Estados Partes actuar esencialmente en los siguientes aspectos:

1- Medidas preventivas: inventarios, certificados de exportación, medidas de control y aprobación de los negociantes de bienes culturales, aplicación de sanciones penales o administrativas, campañas de información, etc.

2- Disposiciones en materia de restitución: la Convención dispone que los Estados Partes se comprometen a tomar medidas apropiadas para decomisar y restituir, a petición del Estado de origen Parte en la Convención, todo bien cultural robado e importado después de la entrada en vigor de la Convención en los dos Estados interesados a condición de que el Estado requirente abone una indemnización equitativa a la persona que lo adquirió de buena fe o que sea poseedora legal de esos bienes.

3- Cooperación internacional: la idea del fortalecimiento de la cooperación entre los Estados Partes está presente en toda la Convención. En caso de que se ponga en peligro el patrimonio cultural mediante actos de saqueo, el artículo 9 prevé incluso la posibilidad de acciones más específicas, tales como el control de las exportaciones e importaciones.


Weblografia

Convención sobre las Medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de Bienes Culturales 1970

http://portal.unesco.org/culture/es/ev.php-URL_ID=35252&URL_DO=DO_PRINTPAGE&URL_SECTION=201.html


Amenazas Naturales: Los desastres naturales tambien amenazan al patrimonio cultural, es imposible detener la fuerza de un terremoto o un tsunami, pero si se puede estar preparado.

Desastre es un evento destructivo que afecta significativamente a la población, en su vida o en sus fuentes de sustento. Para que exista un desastre, es necesaria la conjunción de dos factores: un fenómeno externo, provocado por la naturaleza o a los eventos provocados por el hombre. Para considerarse como desastre, debe ocurrir repentinamente y de manera puntual.

Los tenedores del patrimonio deben evaluar las condiciones y las amenazas del entorno donde estan ubicados y hacer Planes de Emergencia que les permitan estar preparados en caso de desastres.

Si bien es cierto que la vida de las personas y su seguridad es lo más importante a cuidar, así como sus pertenencias, una vez controlada la situación personal, los bienes culturales también deben protegerse, pues a través de ellos la sociedad se sustenta y se identifica.

Ante la presencia de un desastre natural o causado por el hombre se debe proteger el patrimonio cultural, por medio del diseño y aplicación de un programa de carácter preventivo para proteger a los bienes culturales ante la ocurrencia de desastres.

El objetivo general de un Programa de Prevención de Desastres es establecer acciones de carácter preventivo y de atención destinadas a proteger y salvaguardar el patrimonio cultural paleontológico, prehispánico e histórico en caso de un desastre natural o antropogénico.

El Patrimonio Inmaterial

Está constituido por aquella parte invisible que reside en espíritu mismo de las culturas. Según la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, el Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) - el patrimonio vivo - se manifiesta, en particular, en los ámbitos siguientes:

Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;

Artes del espectáculo (como la música tradicional, la danza y el teatro);

Usos sociales, rituales y actos festivos;

Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;

Técnicas artesanales tradicionales.

La Convención de 2003 define el PCI más concretamente como los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. La definición señala igualmente que el PCI:

- Se transmite de generación en generación;

- Es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia;

- Infunde a las comunidades y los grupos un sentimiento de identidad y de continuidad;

- Promueve el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana;

- Es compatible con los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes;

- Cumple los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible.

El depositario de este patrimonio es la mente humana, siendo el cuerpo humano el principal instrumento para su ejecución. Con frecuencia se comparten el conocimiento y las técnicas dentro de una comunidad, e igualmente las manifestaciones del PCI se llevan a cabo, a menudo, de forma colectiva.

El patrimonio cultural no se limita a las creaciones materiales. Existen sociedades que han concentrado su saber y sus técnicas, así como la memoria de sus antepasados, en la tradición oral. La noción de patrimonio inmaterial prácticamente coincide con la de cultura, entendida en sentido amplio como:

"el conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan una sociedad o un grupo social" y que, "más allá de las artes y de las letras", engloba los "modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias".

El patrimonio inmaterial reafirma el concepto de nación e identidad

Weblografía

Consulte la convencion sobre Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) en:

Criterios de Selección



Patrimonio Material

Para ser incluido en la lista de Patrimonio de la Humanidad un sitio debe tener un valor universal excepcional y debe satisfacer al menos uno de los criterios de selección, establecidos en las: Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial.

Valor Universal Excepcional

Valor Universal Excepcional significa una importancia cultural y/o natural tan extraordinaria que trasciende las fronteras nacionales y cobra importancia para las generaciones presentes y venideras de toda la humanidad. Por lo tanto, la protección permanente de este patrimonio es de capital importancia para el conjunto de la comunidad internacional

Para el texto completo de las directrices consulte la Weblografia:

http://whc.unesco.org/pg.cfm?cid=57

Hasta el 2004 los criterios eran seis en el ámbito cultural y cuatro en el ámbito natural. Desde el 2005 solo existe una lista conjunta de 10 criterios.

I. Representar una obra maestra del genio creativo humano; Ej. Casa y Taller del Arquitecto Víctor Horta en el Centro Histórico de Bruselas, ejemplo de Art Deco.

II. Testimoniar un importante intercambio de valores humanos a lo largo de un periodo de tiempo o dentro de un área cultural del mundo, en el desarrollo de la arquitectura o la tecnología, artes monumentales, urbanismo o diseño paisajístico; Centro Histórico de Macao, China – Portugal.

III. Aportar un testimonio único o al menos excepcional de una tradición cultural o de una civilización existente o ya desaparecida; Ej. Parque Nacional de Rapa Nui – Isla de Pascua, Chile.

IV. Ofrecer un ejemplo eminente de un tipo de edificio, conjunto arquitectónico o tecnológico o paisaje, que ilustre una etapa significativa de la historia humana. Ej. Las Misiones Jesuíticas de Chiquitos, Bolivia.

V. Ser un ejemplo eminente de una tradición de asentamiento humano, utilización del mar o de la tierra, que sea representativa de una cultura (o culturas), o de la interacción humana con el medio ambiente especialmente cuando este se vuelva vulnerable frente al impacto de cambios irreversibles; Centro Histórico de Santa Cruz de Mompox.

VI. Estar directa o tangiblemente asociado con eventos o tradiciones vivas, con ideas, o con creencias, con trabajos artísticos y literarios de destacada significación universal. (El comité considera que este criterio debe estar preferentemente acompañado de otros criterios). Complejo Histórico Palacio de Potala en Lhasa, Tibet (actualmente China).

VII. Contener fenómenos naturales superlativos o áreas de excepcional belleza natural e importancia estética; Parque Nacional de Uluru Kata (Ayers Rock) Australia.

VIII. Ser uno de los ejemplos representativos de importantes etapas de la historia de la tierra, incluyendo testimonios de la vida, procesos geológicos creadores de formas geológicas o características geomórficas o fisiográficas significativas. Ej. Los Glaciares, Argentina.

IX. Ser uno de los ejemplos eminentes de procesos ecológicos y biológicos en el curso de la evolución de los ecosistemas; Ej. Islas Galápagos, Ecuador.

X. Contener el hábitat natural más representativos y más importantes para la conservación de la biodiversidad, incluyendo aquellos que contienen especies amenazadas de destacado valor universal desde el punto de vista de la ciencia y el conservacionismo. Ej. Reserva Natural y Barrera de Arrecifes de Belice.